Subvención de ventanas en Euskadi

Como todos ya sabemos, las ventanas y puertas balconeras antiguas provocan en todas las viviendas las mayores pérdidas energéticas, tanto las relativas al calor como las relatvas al frío.

Por ello, el Ente Vasco de la Energía "EVE" lleva ya varios años subvencionando la renovación de puertas y ventanas por materiales más aislantes que permitan garantizar un mayor ahorro energético.

Todas las ventanas de Aluminios Noáin Garés, tanto de aluminio como de PVC mejoran notablemente las condiciones aislantes de las carpinterías antiguas. Todas nuestras ventanas pasan controles y ensayos que garantizan unos resultados inmejorables.

Además disponemos del mercado CE en todas nuestras ventanas de PVC, tanto de marca Rehau como de marca Kommerling, y nuestras ventanas de aluminio con rotura de puente térmico, permitiendo así a nuestros clientes conseguir la máxima subvención o ayuda disponible por el cambio de sus viejas ventanas

Subvención de ventanas en Euskadi
Ventanas de aluminio y pvc

AQUÍ TIENEN YA TODA LA INFORMACIÓN NECESARIA SOBRE LAS SUBVENCIÓN PARA EL CAMBIO DE VENTANAS, Y LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA BENEFICIARSE DE LA AYUDA

OBJETO DE LAS SUBVENCIONES

El objetivo fundamental de la subvención para el cambio de ventanas en Euskadi es, según el Gobierno Vasco, el mejorar notablemente el aislamiento térmico en las viviendas ya existentes mediante el cambio total o parcial de las carpinterías existentes en la vivienda, tanto puertas como ventanas, reduciendo así el consumo energético producido por calefacciones y /o aparatos de aire acondicionado o climatizadores.

Así, el objeto de la convocatoria es, textualmente, la concesión de ayudas a viviendas para la renovación de cerramientos acristalados de su envolvente: entendiendo como cerramiento acristalado aquellas ventanas o puertas balconeras que separen los recientos o estancias calefactados del ambiente exterior reduciendo de esta forma el consumo de energía en el sector doméstico.

¿QUÉ ELEMENTOS SON SUBVENCIONABLES Y DE QUÉ PLAZO DISPONEMOS PARA REALIZAR LA SOLICITUD?

Pueden solicitar la subvención siempre y cuando se reúnan todos los requisitos que exponemos a continuación:

1. La vivienda a de estar situada en el País Vasco y tener caracter de vivienda habitual, no puediendo acogerse a dicha ayuda los propietarios de edificios (comunidades o mancomunidades de vecinos, administraciones públicas, etc, así como aquellas actuaciones que ya hayan sido beneficiarias de otras ayudas públicas a inversiones en renovación de ventanas en viviendas o cualquier otro Plan Renove gestioneado por el Ente Vasco de la Energía.

2. El coste total de la instalación debe ser superior a los 1000,00 Euros Netos, excluyendo el IVA no siendo necesario para solicitar la ayuda realizar el cambio de todas las carpinterías de la vivienda.

3. El plazo para realizar el cambio de ventanas se extiende hasta el día 31 de Enero, si bien el plazo se dará por extinguido también en el momento que se agote la partida presupuestaria de 1.400.000 de Euros destinada a este propósito.

4. Se deberán cambiar el conjunto de la carpintería, tanto los marcos como los vidrios existentes, siendo objeto de subvención sólo aquellas ventanas y puertas que estén ubicadas en contacto directo con el exterior de la vivienda, no siendo admitidas en ningún caso aquellas ventanas instaladas en el interior de la vivienda ni cerramientos de terraza o porches exteriores que no comunican directamente el exterior con el interior de la vivienda.

5. Las nuevas carpinterías, si son de un material metálico tal como el aluminio, deberá disponer de la consiguiente ROTURA DE PUENTE TÉRMICO.

Aluminios Noáin Garés dispone de un amplio catálogo de carpinterías disponibles con rotura de puente térmico, con grosores de 52 y 75 mm, para un aislamiento térmico y acústico apropiado. 

Todas las carpinterias deben disponer de su correspondiente marcado CE.

Ventanas de aluminio con rotura de puente térmico de 75 mm
Aluminio con rotura de puente térmico

6. El vidrio utilizado deberá ser del tipo Aislamiento Térmico Reforzado (ATR), teniendo un valor de transmitancia térmica (capacidad aislante o valor U) inferior o igual a 1.50 W/m si las carpinterías son de aluminio o cualquier otro producto metálico y de 2.00 W/m en el resto de carpinterías no metálicas tales como el pvc o la madera.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La cuantía total de la ayuda específica por la renovación de cerramientos acristalados ascenderá hasta un máximo del 22% de la inversión (Base Imponible) realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo subvencionable por cada m2 de ventana de 450 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda.

Como inversión se podrá incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento, e incluso cajón de persiana), así como los costes de albañilería derivados de la instalación de las mismas. No se podrán incluir como inversión componentes tales como contraventanas o similares, motores de persiana, mosquiteras, tendederos…etc.

A todos los efectos, no serán objeto de subvención las actuaciones conceptuadas como mera reparación o sustitución de algún componente de la ventana, o aquellas cuyo coste sea inferior a 1.000 euros (Base Imponible). Tampoco se subvencionarán los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar ambientes exteriores (terrazas y/o tendederos) por no tratarse de renovaciones sino de modificaciones en la envolvente de la vivienda.

Ventanas de aluminio
Ventanas de aluminio

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LA SUBVENCIÓN?

Todas aquellas personas o empresas propietarias o usufructuarias de la vivenda para la que se solicita la subvención por el cambio de ventanas por otras térmicamente más eficientes.

No podrán solicitar la ayuda comunidades de vecinos, empresas municipales de la vivienda, Administraciones públicas, etc.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes deberán remitirse antes del

31 de Enero de 2011.

 Hay que tener en cuenta que la cantidad destinada a esta subvención es limitada, y que se tratarán en orden de llegada.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEREMOS APORTAR?

Deberemos presentar de forma obligatoria:

 

a. Solicitud de ayuda económica, según modelo del ANEXO I.

 

b. Factura original, o fotocopia compulsada, justificativa de la renovación de las ventanas, que deberá incluir, como mínimo, los siguiente conceptos:

- breve descripción de la renovación, indicando el domicilio objeto de la renovación.

- desglose detallado de las acciones incluidas dentro del concepto de la renovación.

Plan Renove de Ventanas en Viviendas. 3/5 Programa EVE-IDAE -Ejercicio 2010- Condiciones Generales

- memoria detallada de la carpintería colocada (imprescindible tipo de carpintería y tipo y espesores de los vidrios colocados).

- medidas de cada una de las ventanas renovadas.

En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá ir acompañada del presupuesto al que haga referencia y en el cual se vean dichos conceptos.

El citado documento deberá estar firmado y sellado por el instalador correspondiente.

c. Copia del D.N.I. del beneficiario y, en el caso de que la vivienda esté alquilada, además, copia del contrato de arrendamiento.

d. Documento bancario oficial que presente los 20 dígitos del nº cuenta en la que se abonará, si procede, la subvención correspondiente. El beneficiario de la subvención deberá constar como titular de la cuenta en el documento solicitado.

e. Resultados de los ensayos de transmitancia térmica (Ug) para los vidrios utilizados.

f. Pegatinas justificativas de los vidrios instalados.

g. Etiquetas justificativas de marcado CE de las ventanas instaladas. (ver modelo en ANEXO II)

h. Fotografías de cada una de las ventanas antes de la renovación.

i. Fotografías de cada una de las ventanas después de la renovación.

j. Declaración escrita de no haber recibido o solicitado otra subvención para el cambio de ventanas objeto de la solicitud, según modelo del ANEXO III

k. Si hubiera solicitado o recibido otra subvención para el cambio de ventanas presentado a este programa de ayudas, deberá presentar declaración de la entidad otorgante e importe de la subvención.

l. Documento que acredite la ocupación habitual de la vivienda.

m. Además, cuando el solicitante sea persona jurídica, será necesario aportar:

- Copia del C.I.F. o N.I.F.

- Copia de la escritura de constitución de la Sociedad (si procede).

- Copia de la escritura de apoderamiento del firmante (si procede).

- Justificante actualizado de estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social.

- Justificante actualizado de estar al corriente en los pagos a las Haciendas Forales o, en su caso, Agencia Tributaria.

 

El EVE podrá recabar del solicitante cualquier información y documentación complementaria que estime necesaria para la concesión de la ayuda (escrituras, justificantes bancarios, etc...).

Ayudas para el cambio de ventanas en Esukadi 2010
Plan Renove Euskadi 2010

¿DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD?

Por correo postal certificado y con acuse de recibo a:

Ente Vasco de la Energía - EVE
Alameda de Urquijo, 36 - 1º
Edificio Plaza Bizkaia
48011 BILBAO
Tel.: (34) 944 035 600
Fax: (34) 944 035 699

 

CON LA REFERENCIA: PRVV 2010

 

RESOLUCIÓN Y COMUNICACIÓN

 

El otorgamiento o denegación de la subvención se llevará a cabo mediante resolución del Director General del EVE, la cual agotará la vía administrativa.

La resolución de la cuantía de la ayuda y su comunicación se llevarán a cabo con la mayor brevedad posible desde la fecha de entrega de toda la documentación exigida por el Plan Renove de Ventanas presente.

 

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, siempre que se entienda cumplido el objeto de ésta y, en su caso, la obtención concurrente de otras ayudas concedidas por cualquier otra entidad pública o privada, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión de la ayuda.

En cualquier caso, el EVE podrá realizar “in situ” inspección técnica o económica para la comprobación efectiva de la ejecución de la inversión correspondiente.

Contra la resolución, los interesados podrán interponer, de manera potestativa, recurso de reposición ante el firmante de la resolución o alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado correspondiente de Bilbao.

 

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

 

Los beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria deberán cumplir en todo caso las siguientes obligaciones:

a. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días tras la fecha de recepción de la notificación de la concesión de la ayuda, el beneficiario no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada, tanto en su aspecto económico como en las demás condiciones recogidas en la resolución así como las de la convocatoria.

 

b. Utilizar la ayuda para el concreto destino para el que ha sido concedida, salvo que resulte de aplicación lo establecido en el apartado 7 relativo a la alteración de las condiciones.

 

ABONO DE LAS AYUDAS

 

El abono de la subvención al beneficiario se llevará a cabo por el EVE en las fechas siguientes a la entrega de toda la documentación exigida por el Plan Renove de Ventanas en Viviendas.

En los casos en los que se lleve a cabo inspección “in situ” de la renovación, no se procederá al abono hasta no haber contrastado la documentación presentada en la solicitud con la información obtenida de dicha inspección.

  

INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS

 

El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria dará lugar, previo expediente de incumplimiento, a la cancelación de la misma y a la obligación de reintegrar la ayuda y los intereses legales correspondientes, conforme a la normativa vigente por la que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, sin perjuicio de las acciones legales y sanciones que correspondan.

La incoación y resolución de los expedientes de incumplimiento corresponderán al Director General del Ente Vasco de la Energía.

Ventanas de PVC
Ventanas de pvc

ALUMINIOS NOÁIN GARÉS

Aluminios Noáin Garés garantiza que todas nuestras ventanas, tanto de aluminio como de pvc, garantizan los resultados y características exigibles para la concesión de las ayudas.

Asímismo, como ya hemos realizado en años anteriores, ofrecemos a todos nuestros clientes las posibilidad de tramitar dichas subveciones por nuestra parte sin gasto adicional.

Además, y sólo durante este mes podrá beneficiarse de un descuento del 5% adicional imprimiendo el bono disponible en nuestra página web para ventanas de aluminio y pvc.

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Condiciones generales y Solicitud
Descargue en PDF las condiciones generales y la solicitud para acogerse al Plan Renove de Ventanas en Euskadi 2010
PLAN RENOVE EUSKADI 2010.pdf
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 FORMULARIO DE CONTACTO

IMPORTANTE

POR FAVOR, Es fundamental que incluyan su número de teléfono  para aclarar cualquier duda que pueda surgirnos, DE LO CONTRARIO NO PODREMOS ATENDER SU SOLICITUD.

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